Los contratos que celebren las Entidades Estatales constarán por escrito y no requerirán ser elevados a escritura pública, con excepción de aquellos que impliquen mutación de dominio o imposición de gravámenes y servidumbres sobre bienes inmuebles, y en general, aquellos que conforme a las normas legales vigentes deban cumplir con dicha formalidad (artículo 39 de la Ley 80 de 1993). De esta manera, los contratos celebrados con el Estado se perfeccionan cuando se logre acuerdo sobre el objeto y la contraprestación y éste se eleve a escrito (artículo 41 de la Ley 80 de 1993).
En atención a lo anterior, los contratos estatales son de carácter solemne pues su perfeccionamiento está sujeto a la observancia de ciertas formalidades especiales, sin las cuales no produce ningún efecto, que en este caso consiste en que
ESTADOS DE RESULTADOS-EJECUCIONES-CONTRATACION
Estado de Resultados 2018

Contratos Trimestre 1-2018

Balance Trismestre 1-2018

EJECUCIONES DE INGR. 2018
| Enero | Febrero | Marzo |
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EJECUCIONES DE GASTOS 2018
| Febrero | Marzo |
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PAC
| 2018 | 2017 |
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